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Enseñanzas deportivas

¿QUÉ SON LAS ENSEÑANZAS DEPORTIVAS?

Las enseñanzas deportivas son estudios postobligatorios y se configuran dentro del sistema educativo como Enseñanzas de Régimen Especial, con el objeto de formar técnicos deportivos en una determinada modalidad o especialidad deportiva.

Tienen una duración variable según el grado y prevén una formación científica, técnica y práctica. Además, su oferta podrá flexibilizarse para permitir compatibilizar el estudio con otras actividades deportivas, laborales o de otra índole, principalmente a las personas adultas y a los deportistas de alto rendimiento. Para ello podrán ofertarse de forma completa o parcial por bloques o módulos, en régimen de enseñanza presencial o a distancia.

El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial (BOE 08-11-2008), reconoce e impulsa las mismas.

Las Enseñanzas Deportivas se organizan tomando como base las modalidades y especialidades deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes.

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DEPORTES EN PERIODO TRANSITORIO

Son aquellas modalidades deportivas en las que todavía no se ha publicado el Real Decreto que establezca su Título de Técnico Deportivo, quedando éstas en PERIODO TRANSITORIO.

 

Estructura y duración de las enseñanzas:

El Bloque Común será el establecido para las enseñanzas de régimen especial e impartido en un centro autorizado por el órgano competente en materia de Educación.

Carga lectiva de Bloque Específico y Prácticas:

Entrenador de Nivel 1: 65 horas Bloque Específico y 150 horas Periodo Prácticas. Duración mínima del Nivel: 250 horas.

Entrenador de Nivel 2: 180 horas Bloque Específico y 200 horas Periodo Prácticas. Duración mínima del Nivel: 465 horas.

Entrenador de Nivel 3: 210 horas Bloque Específico y 200 horas Periodo Prácticas. Duración mínima del Nivel: 520 horas.

Las enseñanzas y contenidos se organizan en cada grado y nivel según la siguiente estructura:

a. PRUEBAS DE ACCESO: Son pruebas de acceso específicas para cada nivel y modalidad y son de obligada superación para integrarse en los correspondientes cursos.

b. BLOQUE COMÚN: Compuesto por módulos transversales de carácter científico y técnico general, que son coincidentes y obligatorios para todas las especialidades.

c. BLOQUE ESPECÍFICO: Contiene los módulos de formación deportiva de carácter científico y técnico propios de cada una de las especialidades.

d. PERÍODO DE PRÁCTICAS: Se llevarán a cabo en instituciones deportivas de titularidad pública o entidades privadas y tienen por finalidad completar los conocimientos y destrezas adquiridos en los módulos que integran el currículo.

Planes formativos

El plan formativo para cada modalidad o especialidad debe ser establecido por Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes a propuesta de la federación deportiva española correspondiente y con participación de las Comunidades Autónomas. El plan formativo de una modalidad desarrolla el Requisito Específico de Acceso, el Bloque Específico, los Periodos de Prácticas y, en su caso, la oferta parcial de Nivel I. Hasta la fecha se han publicado los planes formativos de las siguientes modalidades deportivas en Periodo Transitorio:

 

https://www.csd.gob.es/es/csd/ensenanzas/periodo-transitorio/normas-calendario-de-extincion-y-planes-formativos

 

TÍTULOS DE TÉCNICOS DEPORTIVOS

El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, establece en su Disposición transitoria segunda la vigencia de las enseñanzas establecidas al amparo del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, en las modalidades y especialidades de atletismo, baloncesto, balonmano, deportes de montaña y escalada, deportes de invierno y fútbol.

Las enseñanzas que conducen a la obtención de los títulos oficiales comprenden dos grados:

1-Grado medio: organizado en dos niveles.

Primer nivel: tendrá por objeto proporcionar a los alumnos los conocimientos y la capacitación básica para iniciar a los deportistas y dirigir su participación en competiciones, garantizando la seguridad de los practicantes.

Segundo nivel: completará los objetivos formativos previstos para el grado medio.

2-Grado superior: comprende un único nivel.

Entre otras competencias conferirá las de dirigir y coordinar a técnicos deportivos de nivel inferior y planificar y dirigir el entrenamiento de deportistas y equipos de alta competición.

Las enseñanzas de cada grado se organizan en bloques:

Bloque común, coincidente y obligatorio para todas las modalidades y especialidades deportivas, compuesto por módulos transversales de carácter científico y técnico general.

Bloque específico, que contiene los módulos de formación deportiva de carácter científico y técnico relacionados con cada modalidad y especialidad deportiva a la que se refiere el título.

Bloque complementario, orientado a la utilización de los recursos tecnológicos.

Bloque de formación práctica, que se realizará una vez superados los anteriores de cada nivel o grado.

Para la obtención del título de Técnico Deportivo Superior en una modalidad o, en su caso, especialidad deportiva, además de haber cursado las enseñanzas correspondientes a los módulos del grado superior, se debe superar un proyecto final.


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